Edición 22-10
16-Marzo -2010



Decreto que exime el 100% del Pago de Derecho para las Personas Físicas que realicen trámites de inscripción de títulos de propiedad de inmuebles en el Estado de Baja California.

  

El pasado viernes 12 de marzo, se publicó en el Periodico Oficial del Estado, el decreto que exime el 100% del pago de derechos a las personas físicas que realicen trámites de inscripción de títulos de propiedad de inmuebles situados en los Municipios del Estado de Baja California, expedidos por organismos descentralizados y fideicomisos municipales, para el ejercicio fiscal 2010, que se generen por los siguientes servicios;

a. Ratificación de firmas.
b. Análisis e inscripción que presta el Registro Público de la Propiedad y de Comercio,
c. Servicios de equipamiento esccolar y expedición de documentos que presta la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado.


Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior.

Mediante artículo segundo del citado decreto, se exime del pago del Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior en los mismos términos y porcentajes que se establecen a la exención del pago de derechos, a las personas físicas que en los términos del citado decreto soliciten la aplicación del beneficio contenido en el mismo.

Se establece en artículo transitorio, que los beneficios a los que se refiere el citado decreto incluyen los servicios objeto de exención que a la fecha se encuentran en trámite y pendiente de pago.

El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación y tendrá vigencia hasta el 30 de diciembre de 2010.

Fuente.-
Decreto del Ejecutivo del Estado mediante el cual se exime el 100% del pago de derechos que se generen por los servicios de inscripción de títulos de propiedad de inmuebles ante el RPPC.

En caso de tener alguna duda o requerir aclaración en relación con el presente comunicado, le pedimos se ponga en contacto con nosotros. Estamos listos para atenderle.

 

Atentamente.

Departamento de Impuestos