Edición 36-10
21-Diciembre-2010

Salarios Mínimos Vigentes para 2011.-

  

El H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salario Mínimos acordó otorgar un incremento del 4.1% al salario mínimo vigente a partir del 1ro. de enero de 2011.

Los nuevos salarios mínimos legales que regirán a partir del primero de enero de 2011 son los siguientes:

Área Geográfica
Pesos
“A”
$59.80
“B”
$58.10
“C”
$56.75

Le recomendamos considerar los nuevos Salarios Mínimos en sus sistemas de nóminas, ya que repercute directamente en el cálculo de conceptos de nóminas que afectan a las exenciones o límites aplicables en el cálculo de las contribuciones, entre otras cosas los siguientes:

  • Retención del ISR sobre sueldos y salarios.
  • Cuota Obrera.
  • Crédito INFONAVIT.
  • Salarios Topados.
  •  SUA.
  • Descuentos por Alimentación.

Adicionalmente, el Consejo de Representantes acordó mantener para el 2011, la actual integración municipal de las áreas geográficas para la aplicación de los salarios mínimos.

Respecto a la Lista de Profesiones, oficios y trabajos especiales a los que se les fija un salario mínimo profesional, el Consejo de Representantes acordó suprimir para el año 2011 y en lo sucesivo, el trabajo especial de Recepcionista en general. En cuanto a las demás ocupaciones incluidas en la Lista de profesiones, oficios y trabajos  especiales que estuvieron vigentes en el 2010, se mantienen con su denominación, descripción y diferencia salarial con respecto al salario mínimo general.

Fuente.-
Comisión Nacional de Salarios Mínimos

En caso de tener alguna duda o requerir aclaración en relación con el presente comunicado, le pedimos se ponga en contacto con nosotros. Estamos listos para atenderle.

 

Atentamente.

Departamento de Impuestos