Inscripción ante el RNIE
La inscripción deberá realizarse dentro de los cuarenta días hábiles siguientes a la fecha de constitución de la sociedad o de participación de la inversión extranjera; de formalización o protocolización de los documentos relativos de la sociedad extranjera; o de constitución del fideicomiso respectivo. Una vez recibida la solicitud con los requerimientos respectivos el RNIE expedirá la constancia de inscripción.
Informes Trimestrales
El Reglamento de la LIE en su artículo 38 establece la obligación de presentar un informe trimestral, dentro de los veinte días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre cuando se está en los siguientes supuestos y siempre que los ingresos o egresos totales trimestrales por los conceptos mencionados sean mayores a tres mil veces el salario mínimo general (SMG), para 2011, $179,460):
Nuevas aportaciones o retiro de estas, que no afecten el capital social.
Retención de utilidades del último ejercicio fiscal y disposición de utilidades retenidas acumuladas.
Préstamos por pagar o por cobrar a: subsidiarias residentes en el exterior a la matriz en el exterior, a inversionistas extranjeros que participen comos socios o accionistas y a inversionistas extranjeros residentes en el exterior que sean parte del grupo corporativo al que pertenece la persona física o moral que presenta el reporte.
Renovación Anual de la Constancia de Inscripción
Asimismo, la LIE y su Reglamento establecen la obligación de renovar en forma anual la constancia de inscripción dentro de los siete primeros meses siguientes al cierre de cada ejercicio fiscal, de conformidad con el siguiente calendario:
Letra Inicial del Nombre |
Periodo |
De la A a la D |
Durante abril de cada año |
De la E a la J |
Durante mayo de cada año |
De la K a la P |
Durante junio de cada año |
De la Q a la Z |
Durante julio de cada año |
La información que deberá presentarse en el formato publicado por la Secretaría para tales efectos, corresponde a datos corporativos, contables, financieros de empleo y producción relativos a la actividad económica del obligado.
Sanción Administrativa
La LIE establece en su artículo 38, fracción IV, infracciones en el caso de omisión, cumplimiento extemporáneo, presentación de de información incompleta o incorrecta respecto a las obligaciones de inscripción, reporte o aviso al RNIE por parte de los sujetos obligados, se impondrá multa de treinta a cien salarios mínimos generales (para el año 2011 de $1,794 hasta $5,982)
La Secretaría podrá exigir la presentación de la información en comento correspondiente a los últimos cinco ejercicios fiscales.
Fuente.-
Ley de Inversión Extranjera.
Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera |